Como informamos días atrás se aprobó el Acuerdo Paritario Sectorial de la Ley 10.430 de la Dirección General de Cultura y Educación. El mismo implica la entrada en vigencia de un nuevo régimen laboral de 40 horas semanales y la bonificación remunerativa no bonificable (BRNB), de carácter mensual, equivalente al 125% del sueldo básico para las y los agentes con una jornada laboral de 40 horas y más que se desempeñan en las áreas centralizadas de la DGCYE, los Consejos Escolares, los Tribunales Descentralizados de Clasificación, las Jefaturas de Inspección Distrital y las Jefaturas de Inspección Regional. Estas medidas se instrumentarán a partir del 1º de agosto de 2021.
Con este acuerdo se iguala el régimen laboral al existente en el Ministerio de Hacienda y Finanzas, el Ministerio Jefatura de Gabinete de Ministros y el Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.
Se implementará de acuerdo a los siguientes parámetros:
RÉGIMEN OPTATIVO
Para el personal que reviste en la planta permanente y temporaria transitoria al 1º de julio de 2021, el cambio de jornada laboral será opcional. Las y los agentes de los agrupamientos servicio, obrero, administrativo, técnico y profesional y agrupamiento jerárquico, sector de apoyo, que decidan optar por este nuevo régimen deberán hacerlo mediante un registro que permanecerá abierto desde el 1 de junio de 2021 hasta el 30 de junio de 2021.
Quienes decidan no realizar este cambio, continuarán con el régimen horario que mantienen en la actualidad y, una vez vencido el periodo del registro, podrán solicitar pasar a esta modalidad a través de un expediente particular. Las y los agentes de la Planta Temporaria podrán mantener el régimen actual mientras dure dicha designación.
Esta opción podrá realizarse a partir del 1º de junio a través del portal ABC http://www.abc.gov.ar/ (con usuario ABC). La Dirección Provincial de Gestión de Recursos Humanos emitirá el comunicado pertinente durante la última semana de mayo.
NUEVO RÉGIMEN
Para el personal que ingrese a la planta temporaria transitoria a partir del 1º de julio regirán las 40 horas semanales a partir del 1º de agosto de 2021.
Todas las designaciones de planta permanente o temporaria que se realicen a partir de la entrada en vigencia de la nueva jornada laboral (agosto de 2021) y correspondan a las áreas alcanzadas por el acuerdo, se harán bajo el régimen de 40hs semanales, aun cuando las mismas impliquen una renovación (temporaria) o cambio de la situación de revista (de temporaria a permanente).
BONIFICACIÓN 125%
La bonificación remunerativa no bonificable (BRNB), de carácter mensual, equivalente al 125% del sueldo básico, alcanzará a partir del 1° de agosto 2021 al personal con designación en las áreas centralizadas de la Dirección General de Cultura y Educación, los Consejos Escolares, los Tribunales Descentralizados de Clasificación, las Secretarías de Asuntos Docentes, las Jefaturas de Inspección Distrital y las Jefaturas de Inspección Regional.
En particular, se encuentra comprendido:
– El personal que reviste en la Ley 10.430, planta permanente y temporaria transitoria (art 111 inc. d), que haya optado por las 40hs semanales y/o se encuentre revistando un régimen horario de 40hs o superior. En esta última situación, si la o el agente se encuentra en un régimen horario superior a las 40hs, la BRNB se calculará sobre el sueldo básico de su categoría para una jornada de 40hs.
– El personal informático dependiente de la DPTI de la Dirección General de Cultura y Educación que opte por las 40hs o se desempeñe en jornada de 48hs, no percibirá la BRNB. En cambio, se le incrementará en un 65% la bonificación específica equivalente al 60% del sueldo básico, prevista en el Decreto 244/08, completando así el 125%.
QUIENES NO PUEDEN REALIZAR EL CAMBIO
I. El cambio de régimen horario no alcanza al personal de los establecimientos educativos, ni al personal con designación en establecimientos educativos y en comisión de servicios en las áreas alcanzadas por el acuerdo:
a. Las y los agentes designados en un establecimiento educativo que se encuentren en comisión, no tendrán derecho a optar por el presente régimen de 40 horas semanales, ni a percibir la BRNB del 125%.
b. Si la o el agente se encuentra prestando servicios por más de dos (2) años en un área alcanzada por el cambio de jornada laboral, el área donde presta servicios podrá solicitar la transferencia del cargo, la que será analizada por las áreas competentes en materia de recursos humanos y supeditada a la disponibilidad de cargos vacantes.
Las instrucciones respecto de estos casos serán comunicadas una vez finalizado el proceso de adhesión a la nueva jornada laboral (a partir del 1º de agosto) y se emitirán las comunicaciones oportunamente.
II. Por otra parte, tanto el personal proveniente de otros organismos que se encuentre en comisión de servicios en la DGCYE como el personal de la Dirección General de Cultura y Educación que se encuentre en comisión en otros Organismos no tendrá derecho a optar por este nuevo régimen laboral.
En estos casos, las y los agentes de la Dirección General de Cultura y Educación deberán prestar servicios en las áreas donde han sido designados o bien realizar previamente la transferencia del cargo a donde se encuentran prestando servicios.
Desde ATE provincia de Buenos Aires acordamos la instrumentación de dicha BONIFICACION, pues ella representa una reivindicación histórica de la Asociación de Trabajadores del Estado (recomposición salarial del 35% de bolsillo para el salario inicial, que implica un aumento de bolsillo de $18.345), al igual que el blanqueo y la equiparación salarial.
Al mismo tiempo que dejamos planteada nuestra posición que dicha Bonificación debería alcanzar todos los regímenes horarios (planteo que no fue tomado por Ejecutivo Provincial) para que impacte el aumento salarial de bolsillo sobre todas y todos los trabajadores, independientemente del régimen laboral horario que se encuentren.
Administración Central 30 HS | Planillas Salarios Testigos | Aumento Salarial Marzo Julio Septiembre 2021
SIN BONIFICACIONES SECTORIALES
Con Bonificación Remunerativa Sustitutiva de URPE General.
Elaborado SOLO con los descuentos obligatorios por Ley- IOMA e IPS (sin Asignaciones Familiares), con antigüedades promedio y garantía salarial fija (año 2007) por caso testigos.
Antigüedades promedio que van desde 0 años a 30 años.
Administración Central 40 HS | Planillas Salarios Testigos | Aumento Salarial Marzo Julio Septiembre 2021
CON BONIFICACIONES SECTORIALES
Con Bonificación Remunerativa Sustitutiva de URPE General.
Elaborado SOLO con los descuentos obligatorios por Ley- IOMA e IPS (sin Asignaciones Familiares), con antigüedades promedio y garantía salarial fija (año 2007) por caso testigos.
Antigüedades promedio que van desde 0 años a 30 años.