El haber devengado es el pago que realiza ANSES por los días pendientes de cobro de un jubilado o pensionado fallecido, sumado a la proporción del aguinaldo que corresponda, hasta la fecha del fallecimiento.
La solicitud del pago de los haberes devengados debe presentarse en cualquier delegación de ANSES, y no debe superar los dos años del fallecimiento del jubilado o pensionado.