ATE presentó un amparo por la cobertura del 100% de los medicamentos del PAMI

El Centro Nacional de Trabajadores Jubilados y Pensionados (CNTJyP) de ATE presentó un recurso de amparo para exigir que se declare la inconstitucionalidad de la Resolución 2431/24 de PAMI que elimina la cobertura al 100% de los medicamentos para sus afiliadas y afiliados. 

Noelia Guzmán, Presidenta del Centro Nacional de Trabajadores Jubilados y Pensionados de ATE manifestó: «A través del equipo jurídico, solicitamos la habilitación de la feria judicial para que la Justicia Federal resuelva el recurso de amparo que fuera presentado en el mes de diciembre, se decrete la medida cautelar y se declare nula de nulidad absoluta e inconstitucional la Resolución 2431/24 de PAMI».

El documento detalla que se inició la presente acción en defensa de los derechos individuales y de incidencia colectiva (intereses colectivos e individuales homogéneos) en defensa de los trabajadores jubilados y pensionados, lesionados en su derecho humano fundamental a la salud al percibir prestaciones médicas al 100 % tal como venía ocurriendo hasta el dictado de la presente medida.

“Esta nueva normativa del PAMI es nula de nulidad absoluta e inconstitucional en su aplicación en cuanto desconoce la normativa vigente y vulnera expresas disposiciones de la Constitución Nacional y los Tratados Internacionales de Derechos Humanos que tutelan el derecho a la vida, a la integridad personal a la salud y los derechos de las personas mayores, en los términos de los artículos 14 bis, 33, 43 y 75 incisos 22 y 23 de la Constitución Nacional vulnerar derechos adquiridos y poner en riesgo la vida, la salud”, detalla el escrito. 

En este marco, el CNTJyP de ATE indicó que la resolución del PAMI es regresiva, inconstitucional, discriminatoria y denunció una grave violación del derecho a la salud por parte de la intervención del instituto. 

“Dicho accionar vulnera expresos derechos constitucionales referidos a la salud, principio de igualdad y no discriminación, estándar de razonabilidad, jerarquía constitucional de los tratados internacionales de derechos humanos, obligación del legislador ordinario de dictar leyes y medidas de acción positiva a favor de las personas en situación de vulnerabilidad en este caso de adultos mayores, todos ellos tutelados en la Constitución Nacional (Artículos 14 bis, 16, 17, 18, 28, 43 y 75 incisos 22 y 23 de la Constitución Nacional)”, aseguraron.

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