El Gobierno, a través de la Secretaría de Gestión y Empleo Público, publicó en el Boletín Oficial la Resolución 58/22 que establece las nuevas pautar para el retorno a la presencialidad plena.
Allí, se establece que antes del 1° de mayo de 2022, cada jurisdicción de la Administración Pública Nacional deberá disponer el retorno a la modalidad de prestación de servicios que era habitual en forma previa a la vigencia del Decreto 260/20 de emergencia sanitaria por la pandemia de COVID-19.
Además, los grupos de riesgo establecidos en los incisos V y VI de la Resolución 627/20 del Ministerio de Salud están exceptuados de la prestación de servicios presencial, acreditando debidamente su cuadro clínico.
En este sentido, trabajadores con diagnóstico COVID-19 positivo podrán reincorporarse post-recuperación, sin la necesidad de un test negativo o alta médica, cumplidos los días necesarios de aislamiento según vacunación y criterios establecidos por el Ministerio de Salud.