Finalmente, la Suprema Corte hizo lugar a la demanda promovida por la Asociación Judicial Bonaerense (AJB-CTA) que reclamaba la equiparación del salario familiar con el de la Nación durante el período 1992/2004.
Tal como lo expresa la sentencia del 18 de agosto de 2011, el Estado provincial deberá pagarle a los trabajadores involucrados la diferencia entre los importes abonados en concepto de asignación por hijo y cónyuge y los establecidos por el Estado nacional entre agosto de 1992 y diciembre de 2004, más los intereses acumulados desde el momento del debido pago de tales diferencias aplicando la tasa activa del Banco Provincia por los depósitos a plazo fijo.
“Esta sentencia no sólo establece un principio de justicia en los derechos de los trabajadores sino que reafirma la ilegalidad de la política de diversas formas de constante apropiación de los salarios y jubilaciones de los trabajadores estatales que aplican los gobiernos administradores de la Provincia empleadora, lo que obliga a los compañeros de la AJB a exigirlo judicialmente hasta con denuncias como la deducida en 2010 por no haber abonado la Provincia de Bs. As. los montos correspondientes a las asignaciones familiares dispuestas por el Ejecutivo nacional entre octubre de 2009 y marzo de 2010”, señalaron desde la AJB.
“La Justicia llega tarde y en parte, pero llega para los trabajadores si actuamos con consecuencia, coherencia y con absoluta autonomía del Estado”.
Fuente: www.ajb.org.ar